Obligatoriedad del Chaleco para Acompañantes en Motovehículos C.A.B.A

 

| PRENSA CADECOM | 13 de Septiembre 2017

 

Atención: Obligatoriedad en el Uso del Chaleco Reflectante por parte del Acompañante circulando en un Motovehículo.

 

«El Agente de Tránsito puede retener el motovehículo en caso de Incumplimiento»

VIGENCIA A PARTIR DEL 12 DE SEPTIEMBRE DEL 2017

 


 

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2 Comments

  1. sergio dice:

    Perdon , no especifica si la obligacion del chaleco reflactario es solo para CABA o tambien para circular en rutas nacionales y provinciales.. soy motoviajero y no quiero me sorprenda la medida en ruta … dde ya muchas gracias..

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